VeriFactu se aplaza a 2027: las fechas definitivas y quién está obligado (de verdad)
El Gobierno volvió a aplazar VeriFactu: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Te cuento las fechas reales, quién se libra y los cuatro mitos que más circulan.
Si has oído campanas de que «VeriFactu se retrasa» y no sabes con qué fecha quedarte, es normal: el calendario ha cambiado dos veces. Aquí tienes las fechas que valen hoy, quién está obligado de verdad, quién se libra — y de paso desmontamos los cuatro mitos que más se repiten.
Las fechas que valen (tras el segundo aplazamiento)
El Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, volvió a mover el calendario. Queda así:
- 1 de enero de 2027 → empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades (las SL, básicamente).
- 1 de julio de 2027 → autónomos y el resto de obligados.
Ojo al detalle que casi nadie cuenta: si tienes una SL, tu fecha no es "2027 a lo lejos", es el 1 de enero. Una pyme con SL va seis meses por delante del autónomo.
¿Quién está obligado?
Cualquier empresa o autónomo (de territorio común) que emita sus facturas con un programa informático, un TPV o una caja registradora. Y eso incluye los tickets: un ticket es una factura simplificada, así que VeriFactu también obliga a bares y comercios.
¿Quién se libra?
- Las empresas en el SII (Suministro Inmediato de Información): ya remiten su IVA casi en tiempo real. Son sobre todo grandes empresas que facturan más de 6 millones.
- País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI y análogos).
- Quien factura a mano: papel, talonario, factura escrita a máquina. VeriFactu regula el software de facturación si lo usas; no te obliga a usarlo.
Los cuatro mitos que más circulan
«Te obligan a comprar un programa de facturación.» Falso. Puedes seguir facturando en papel toda la vida, legalmente. Otra cosa es que, si haces más de cuatro facturas al mes, volver al talonario no tenga sentido — pero la obligación no es esa.
«Yo facturo con Excel, así que me libro.» Depende, y aquí está la trampa: si usas Excel o Word como una simple máquina de escribir (rellenar y imprimir), no es un sistema de facturación. Pero en cuanto la plantilla lleva fórmulas, calcula el IVA o te numera las facturas, es software de facturación y tiene que cumplir VeriFactu. Así factura media España, por cierto.
«Los de módulos están exentos.» No exactamente. No existe una exención por estar en módulos; lo que ocurre es que muchas de sus operaciones no obligan a emitir factura. Si emites facturas y las haces con un programa, estás dentro como cualquiera.
«VeriFactu es la factura electrónica obligatoria entre empresas.» Son dos cosas distintas. La factura electrónica B2B viene de otra ley (Crea y Crece) y aún no tiene ni reglamento aprobado. VeriFactu va de que tu software de facturación sea inalterable y declare a Hacienda. No las mezcles, aunque medio internet lo haga.
¿Y qué hago con el aplazamiento?
Lo cómodo es pensar «bah, hasta 2027 nada». Dos apuntes honestos:
- La prohibición del software de doble uso (el que permite borrar o alterar ventas) ya está en vigor desde la Ley Antifraude, con multas de hasta 50.000 € para quien lo use. Eso no se aplazó.
- Cuando llegue el pico de 2027, medio país correrá a la vez: gestorías saturadas y prisas. Adaptarse ahora, con calma, es gratis; hacerlo en el último trimestre te va a costar tiempo y probablemente dinero.
En FacturaFlash lo hemos hecho al revés que la mayoría: VeriFactu ya funciona hoy — facturas enviadas a la AEAT y aceptadas, con su código QR, en real, no «en desarrollo». Si quieres llegar a tu fecha (enero o julio de 2027) con esto resuelto, crea tu cuenta gratis y factura tranquilo desde ya.